En un duro revés judicial, el Tribunal Supremo ha otorgado un plazo improrrogable de cinco días al Gobierno de España para que identifique con nombre y apellido a los 163.020 ciudadanos nacionalizados en el extranjero a través de la ‘ley de nietos’ que tienen su derecho al voto suspendido de forma cautelar.
Si el Ejecutivo no entrega esta relación nominal antes de las 15:00 horas del próximo 28 de octubre de 2026, se enfrentará a una multa coercitiva de 1.000 euros consecutivos, además de incurrir en una posible responsabilidad penal. El apercibimiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se dirige de forma directa al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y al ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares.
Un retraso “incomprensible” para el tribunal
El auto, del que es ponente el magistrado Antonio Narváez, califica de “incomprensible” que la Administración aún no haya facilitado esta información a la Junta Electoral Central (JEC) y a la Oficina del Censo Electoral, mes y medio después de haberse decretado las medidas cautelares. El Alto Tribunal reprocha que, si la Abogacía del Estado conoce la cifra exacta de afectados, el Gobierno necesariamente debe disponer de los datos de afiliación correspondientes.
Por su parte, la Oficina del Censo Electoral procederá al envío de la documentación para los electores residentes en el extranjero (CERA) entre el 24 y el 30 de octubre. Sin embargo, estos envíos incluirán una advertencia explícita donde se detalla que su inclusión en el censo es provisional y que la suspensión cautelar les impide votar el 29 de noviembre, a menos que aporten la acreditación debida.
Discrepancias internas y baja acreditación
Los datos remitidos esta semana por el INE y la Dirección General de Españoles en el Exterior reflejan la complejidad del proceso: de 31.390 expedientes revisados, solo 91 personas han logrado el certificado consular obligatorio que demuestra documentalmente el exilio de sus ascendientes para poder votar.
Ante este escenario, el ministro Bolaños ha defendido que su departamento remitió el pasado 15 de octubre toda la información digitalizada disponible del Registro Civil, asegurando que están haciendo todo lo “humanamente posible”. En contraste, la resolución del Supremo ha contado con el voto particular de la magistrada Alicia Millán, quien se opuso a las medidas argumentando que declarar provisional el censo genera una gran “inseguridad jurídica e incertidumbre operativa”.





