En el último día del plazo legal y bajo la amenaza de sanciones penales, el Gobierno de España ha entregado a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo la identidad nominal de los 163.355 ciudadanos nacionalizados bajo la Ley de Memoria Democrática (conocida como ‘ley de nietos’) cuyo derecho al voto se encuentra suspendido cautelarmente para las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
La entrega de la documentación por parte de los ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores se produce tras el requerimiento del Alto Tribunal, que había advertido a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares con la imposición de multas coercitivas de 1.000 euros si persistía el retraso en el envío del censo afectado.
El conflicto judicial, que introduce una fuerte tensión a las puertas de la campaña electoral, se desarrolla bajo las siguientes claves:
- Petición de secreto: La Abogacía del Estado ha solicitado formalmente al Tribunal Supremo que declare el listado como materia secreta o reservada. El Ejecutivo argumenta la necesidad de proteger los datos personales de los afectados y evitar un “uso malicioso o ilegítimo” por parte de los demandantes, el partido Vox y la plataforma Iustitia Europa.
- Acreditación mínima de exilio: Tras una revisión a contrarreloj en la red consular, solo 901 personas de los más de 163.000 expedientes han logrado demostrar documentalmente la condición de exilio político de sus antepasados. Únicamente este reducido grupo mantendrá intacto su derecho a sufragio en el exterior.
- Estimación de impacto electoral: Fuentes gubernamentales han restado trascendencia cuantitativa a la resolución. Calculan que, basándose en la participación histórica del censo CERA, la suspensión afectará de manera efectiva a menos de 14.000 votos reales, lo que representa un impacto menor al 0,06% del censo electoral global.
- El origen de la impugnación: El Supremo paralizó este censo de forma cautelar para velar por la “limpieza del proceso electoral”. La causa analiza la legalidad de una instrucción ministerial de 2022 que aplicaba una “presunción de exilio” a todo español que emigró entre julio de 1936 y diciembre de 1955, eximiendo a sus descendientes de presentar pruebas específicas.
La batalla legal no se detiene aquí. Tras la entrega de los nombres, la plataforma Iustitia Europa ha registrado una nueva petición ante el Supremo para extender el veto electoral y suspender de igual manera el voto de los hijos mayores de edad de estos nacionalizados que ya han sido incluidos en el censo nacional ordinario (CER).





